El Directorio Ejecutivo del FMI aprueba las solicitudes de cinco instituciones para convertirse en tenedores de derechos especiales de giro

24 de febrero de 2023

Washington, DC: El Directorio Ejecutivo del Fondo Monetario Internacional (FMI) aprobó, el 8 de febrero de 2023, las solicitudes del Banco de Desarrollo del Caribe (CARIBANK), el Banco de Desarrollo de América Latina (conocido como Corporación Andina de Fomento, o CAF), el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD), el Banco Europeo de Inversiones (BEI) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para convertirse en tenedores autorizados de derechos especiales de giro (DEG), un activo de reserva internacional creado por el FMI para ayudar a hacer frente a la necesidad mundial a largo plazo de reservas complementarias. La aprobación de estas instituciones eleva el número de tenedores autorizados a veinte (véase la lista adjunta).

Los tenedores autorizados pueden adquirir, mantener y utilizar DEG en operaciones con otros tenedores autorizados y participantes en el Departamento de DEG. El Departamento de DEG mantiene registros sobre las transacciones, tenencias y asignaciones de DEG. Todos los países miembros del FMI participan actualmente en el Departamento de DEG. De acuerdo con las resoluciones vigentes del FMI, los tenedores autorizados pueden canjear DEG por moneda, así como utilizar DEG en ciertas operaciones, como préstamos, liquidación de obligaciones financieras, swaps, prendas, transferencias como garantía para el cumplimiento de obligaciones financieras, contratos a plazo y donaciones. Los tenedores autorizados pueden elegir entre participar en los acuerdos voluntarios de intercambio de DEG o celebrar acuerdos bilaterales para llevar a cabo sus canjes de DEG. A diferencia de los participantes en el Departamento de DEG, los tenedores autorizados no reciben asignaciones de DEG y no puede solicitar un canje de DEG en transacciones por designación [1] .

A título de referencia, según su Convenio Constitutivo, el FMI está facultado para autorizar como tenedores de DEG a i) países que no son miembros, ii) países miembros que no participan en el Departamento de DEG, iii) instituciones que desempeñan las funciones de un banco central para uno o varios países miembros del FMI, y iv) otras entidades oficiales. Los cinco solicitantes que se aprobaron en esta ocasión corresponden a la categoría de “otras entidades financieras”.

Anexo

Según la decisión del Directorio Ejecutivo, los tenedores autorizados de DEG son actualmente las siguientes instituciones:

Banco Africano de Desarrollo (BAfD)

Fondo Africano de Desarrollo (FAfD)

Fondo Monetario Árabe (FMA)

Banco Asiático de Desarrollo (BAsD)

Banco de Pagos Internacionales (BPI)

Banco de los Estados de África Central (BEAC)

Banco de Desarrollo del Caribe (CARIBANK)

Banco Central de los Estados del África Occidental (BCEAO)

Banco de Desarrollo de América Latina (Corporación Andina de Fomento, o CAF)

Banco Central del Caribe Oriental (ECCB)

Banco Central Europeo (BCE)

Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD)

Banco Europeo de Inversiones (BEI)

Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF)

Asociación Internacional de Fomento (AIF)

Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola

Banco Islámico de Desarrollo

Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR) – anteriormente, Fondo Andino de Reservas

Banco Nórdico de Inversiones



[1] Véase más información en IMF Financial Operations Handbook, en especial el recuadro 4.9 sobre el mecanismo de designación.

Departamento de Comunicaciones del FMI
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